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RESUMEN:
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea establece que las directrices para proteger del trato discriminatorio a personas con discapacidad resultan extensibles a toda persona, sea discapacitada o no
Noticia
La Unión Europea ampara legalmente a los familiares de personas con discapacidad
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea establece que las directrices para proteger del trato discriminatorio a personas con discapacidad resultan extensibles a toda persona, sea discapacitada o no.
La sentencia, que llega gracias a una ‘petición de decisión prejudicial’, viene motivada por el despido de una trabajadora del bufete de abogados Attridge Law, del Reino Unido, quien alega que la discapacidad que sufre su hijo motivó un trato discriminatorio hacia ella.
El 30 de agosto de 2005 la señora Coleman presentó una demanda contra el bufete aduciendo que había sido víctima de un despido encubierto y de un trato menos favorable que el que obtuvieron los restantes empleados, debido al hecho de tener a su cargo un hijo discapacitado.
El Tribunal de Justicia señala que, pese a que la Directiva sobre igualdad de trato en el empleo y la ocupación contiene disposiciones destinadas a tener en cuenta específicamente las necesidades de las personas con discapacidad, esto no significa que se apliquen a una determinada categoría de personas, sino que son vinculante en función de la naturaleza de la discriminación.
Esto quiere decir que, si un trabajador que no sea él mismo una persona con discapacidad es tratado de manera menos favorable que otro trabajador en una situación similar, y se acredita que dicha discriminación está motivado por la discapacidad que padece un hijo suyo, tal trato resulta contrario a la prohibición de discriminación directa enunciada en la Directiva.
Según el diario Expansión, que se hizo eco de la noticia el lunes 10 de octubre, la sentencia “no tiene precedentes”.
Documentos de interés:
Sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.
Comunicado de prensa del Tribunal.